Jordi Bonshoms Guzmán
  • Inicio
  • Artículos y Conferencias
    • Prensa
    • Artículos académicos
    • Conferencias
  • Clases particulares
  • About me
  • Contact Me
Jordi Bonshoms Guzmán

Economic Criminology

  • Inicio
  • Artículos y Conferencias
    • Prensa
    • Artículos académicos
    • Conferencias
  • Clases particulares
  • About me
  • Contact Me
Uncategorized

La huelga de alquileres: un derecho conquistado por el movimiento inquilino de Nueva York

by Jordi Bonshoms Guzmánjunio 18, 2020
written by Jordi Bonshoms Guzmán junio 18, 2020
Slumlords Rent Strike Harlem

Artículo publicado originalmente en El Salto Diario

Las huelgas de alquileres forman parte de la historia que convirtió la vivienda en un derecho humano. A lo largo del siglo XX, no han sido pocas las veces que inquilinos e inquilinas han dejado de pagar a sus arrendadores para defender el derecho a una vivienda digna. En Nueva York, Glasgow, Buenos Aires, Barcelona y otras grandes ciudades se ha utilizado la huelga de alquileres como protesta pacífica en contra de la especulación y de los abusos inmobiliarios. En un momento de grave crisis residencial como el presente, es necesario recordar el legado histórico que nos dejan miles de inquilinos e inquilinas, quienes, organizados en sindicatos y asociaciones de vecinos, convirtieron una práctica de desobediencia civil en un derecho social.

En el movimiento inquilino de Nueva York se encuentra la historia más documentada sobre la huelga de alquileres. Inspiradas en las huelgas realizadas por los sindicatos laborales, los inquilinos e inquilinas se organizaban para dejar de pagar colectivamente las subidas de alquiler que les pedían sus arrendadores. Desde el barrio del Lower East Side (el conocido barrio judío en Manhattan) al barrio italiano (Little Italy), hasta llegar a Brooklyn, el Bronx y Harlem: la huelga de alquileres se generalizó en los años ’20 como el principal temor de los arrendadores o terratenientes (los conocidos landlords en inglés). Ante la amenaza de desahucio debido a subidas abusivas del alquiler, miles de inquilinos e inquilinas organizaban sus edificios y constituyeron los primeros sindicatos de inquilinos, con el objetivo de negociar con los arrendadores un alquiler justo y unas condiciones dignas.

El motivo central que convocaba a miles de inquilinos a dejar de pagar su mensualidad fueron las condiciones insalubres de las viviendas, el mal funcionamiento de servicios básicos y la negligencia premeditada de los propietariosHasta finales de los años 20 la razón principal que justificaba las huelgas de alquileres fueron las subidas salvajes del precio del alquiler. Tal fue el potencial de la movilización y organización inquilina que en 1920 consiguieron que, por miedo a que se propagara las huelgas de alquileres, se aprobara la primera regulación de precios. A partir de entonces, el motivo central que convocaba a miles de inquilinos a dejar de pagar su mensualidad fueron las condiciones insalubres de las viviendas por falta de manutención, el mal funcionamiento de servicios básicos y la negligencia premeditada de los propietarios.

La cooperación vecinal en y entre los edificios era crucial para llevar a cabo la huelga. Para superar el miedo que desanimaba a muchos inquilinos de sumarse a la desobediencia civil, los sindicatos de inquilinos constituían cuentas fiduciarias (trustee accounts) donde transferir la mensualidad del alquiler. De este modo, en caso de que la huelga acabara en los tribunales, se demostraba la voluntad firme del inquilino de pagar su alquiler, a cambio de llegar a un acuerdo justo con el propietario.

La huelga era el medio de un fin: fuera un precio de alquiler justo o la denuncia de las condiciones paupérrimas de las viviendas. Para los inquilinos, la huelga fue una forma de empoderamiento colectivo: se organizaban, acumulaban poder de negociación, se apoyaban mutuamente para resolver sus problemas. Para los arrendadores, en cambio, un verdadero dolor de cabeza: los costes judiciales de denuncia por impago eran elevados, el calendario de los tribunales no daba abasto ante la cantidad de demandas simultáneas, los inquilinos organizaban piquetes en las viviendas de sus caseros para evitar la entrada de nuevos inquilinos y aumentar la mala reputación de éstos.

A medida que los sindicatos de inquilinos reforzaban su organización y obtenían victorias a través de la huelga de alquileres, incrementaba su incidencia política y jurídica: los tribunales empezaron a aceptar las huelgas de alquiler como maniobras de defensa legítimas. Así lo refleja el trabajo del sociólogo norteamericano Ronald Lawson, quien detalla la transformación de las huelgas de alquileres en Nueva York desde 1904 a 1980. En concreto, Lawson apunta a 6 innovaciones fundamentales para comprender las diferentes etapas por las que atravesó la huelga:

El tamaño de las huelgas. Mientras que las huelgas iniciales eran multitudinarias (en 1904, por ejemplo, 2.000 inquilinos del barrio judío plantaron colectivamente a sus arrendadores), a partir de los años ’30 la huelga de alquiler pasó a ser una estrategia que funcionaba en edificios particulares de manera menos profusa.

La Sección 755. En 1961 se aprobó la conocida “Sección 755”. Por primera vez, esta ley permitía que los inquilinos depositaran su alquiler en los juzgados hasta que su propietario no realizara las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en buen estado. De este modo, la huelga de alquileres se incluyó como instrumento legal para negociar con el arrendador.

Rolling Rent Strike (Alargar la Huelga de Alquiler). En la década de los ’70, el Metropolitan Council Housing (la principal federación de inquilinos en la ciudad de Nueva York) impulsó un giro estratégico: ahora se trataba de evitar la Sección 755. Conocida como “rolling rent strike”, los sindicatos emplazaban a los inquilinos a tomar control sobre sus mensualidades en lugar de depositarlas en los juzgados. El objetivo era no enredarse en juicios legales y presionar a los caseros a negociar directamente, dejando la Sección 755 como último resorte de negociación.

Ralentización del pago del alquiler. Al mismo tiempo, los sindicatos de inquilinos fomentaron la estrategia conocida como “rent slowdown” (ralentizar el pago del alquiler). Los inquilinos retenían el pago del alquiler unas semanas, hasta que decidían que el sindicato pagara de golpe al arrendador. No era realmente una huelga de alquiler, sino una forma de convencer a los inquilinos más conservadores de que debían organizarse colectivamente si querían mejorar las condiciones de su vivienda. En realidad, funcionaba como una acción preparatoria y de aviso: era una maniobra dilatoria que avisaba de una posible huelga de alquiler en el futuro próximo.

Legalización de la Huelga. En 1973 se legisló a favor de una Garantía de Habitabilidad (“Warranty of Habitability”), que permitía al inquilino la reducción o impago del alquiler cuando los propietarios no cumplían con sus obligaciones de manutención. De esta forma, la huelga de alquileres quedaba totalmente reconocida en la ley de arrendamientos: el arrendador debía cumplir sus obligaciones si quería recibir el alquiler.

Autonomía inquilina. En tanto muchos arrendadores no cumplían con las reparaciones prometidas, las asociaciones de inquilinos se organizaron para depositar el alquiler en cuentas bancarias comunes con el objetivo de destinar el dinero acumulado a las reparaciones necesarias para el mantenimiento de las viviendas. Esta estrategia también se acabó legalizando mediante lo que se conoció como “Repair & Deduct” (Reparar y Deducir). Además, en muchos casos, las asociaciones de inquilinos tomaban control de edificios abandonados y los convertían en cooperativas de vivienda.

En suma, la lucha sindical del movimiento inquilino de Nueva York convirtió una práctica de desobediencia civil como la huelga de alquileres en un derecho social. En “la ciudad que nunca duerme”, los sindicatos de inquilinos e inquilinas consiguieron hacer de ella un lugar donde dormir más dignamente. Y la huelga de alquileres fue su herramienta más poderosa. Solo falta preguntarnos si mirar al pasado nos puede servir para iluminar el presente.

En Madrid y Barcelona, entre otras ciudades del Estado, bloques enteros y comunidades de vecinos se enfrentan a fondos buitre como Azora y Blackstone, grandes arrendadores que se dedican a doblar los precios del alquiler en todas sus viviendas. En un momento de profunda emergencia habitacional, y a falta de una regulación de los precios del alquiler que frene la especulación inmobiliaria, los inquilinos e inquilinas de Nueva York nos recuerdan que la huelga de alquileres fue la estrategia que les permitió aumentar su poder de negociación para defender el derecho a la vivienda.

0 comment
0
FacebookTwitterPinterestEmail
Jordi Bonshoms Guzmán

previous post
La trama de las SOCIMIS
next post
La encuesta inquilina: produciendo saberes autónomos desde Barcelona

You may also like

Los Delitos de los Poderosos: tres tesis para...

junio 18, 2020

La encuesta inquilina: produciendo saberes autónomos desde Barcelona

junio 18, 2020

About Me

About Me

Researcher • Writer • Reader

Entradas recientes

  • La Fiscalía de Delitos Económicos y la persecución del delito fiscal: ¿hacia una lógica restaurativa?
  • Inspectores y Fiscales: investigar y perseguir la defraudación tributaria en España
  • Laboratory Barcelona: tenants, corporate landlords and housing justice
  • The Repertoire of Housing Contention
  • Toward a Criminological Understanding of Financialization

Comentarios recientes

    Archivos

    • enero 2025
    • agosto 2024
    • diciembre 2021
    • noviembre 2021
    • julio 2021
    • junio 2021
    • abril 2021
    • enero 2021
    • diciembre 2020
    • julio 2020
    • junio 2020
    • febrero 2019
    • diciembre 2018
    • junio 2017

    Categorías

    • Artículo
    • Criminologia
    • Docencia
    • Economic Sociology
    • Foucault
    • Historia
    • Investigación
    • SOCIMIs
    • Traducción
    • Uncategorized
    • Vivienda

    Keep in touch

    Facebook Twitter Instagram

    Recent Posts

    • La Fiscalía de Delitos Económicos y la persecución del delito fiscal: ¿hacia una lógica restaurativa?

      enero 13, 2025
    • Inspectores y Fiscales: investigar y perseguir la defraudación tributaria en España

      enero 13, 2025
    • Laboratory Barcelona: tenants, corporate landlords and housing justice

      enero 10, 2025
    • The Repertoire of Housing Contention

      agosto 27, 2024
    • Toward a Criminological Understanding of Financialization

      diciembre 9, 2021

    Categories

    • Artículo (7)
    • Criminologia (5)
    • Docencia (1)
    • Economic Sociology (1)
    • Foucault (2)
    • Historia (1)
    • Investigación (8)
    • SOCIMIs (2)
    • Traducción (1)
    • Uncategorized (3)
    • Vivienda (2)

    Popular Posts

    • 1

      A Genealogy of Militant Research

      julio 22, 2020
    • 2

      La trama de las SOCIMIS

      febrero 12, 2019

    Quotes

    Esto, desde 1966, no dejó de causar revuelo: (...) alors on peut bien parier que l'homme s'effacerait, comme à la limite de la mer un visage de sable.

    junio 2020
    LMXJVSD
    1234567
    891011121314
    15161718192021
    22232425262728
    2930 
    « Feb   Jul »
    • Facebook
    • Twitter
    • Instagram
    • Email

    2019 © Jordi González Guzmán


    Back To Top