Artículo publicado en la Revista Barcelona Societat, junto con Marta Ill e Irene Sabaté
Resum La crisi sanitària de la Covid-19 ha aprofundit la crisi d’habitatge que arrossegava l’Estat espanyol després de l’esclat de la bombolla immobiliària el 2008. Tan aviat com les mesures de confinament esdevenien inevitables, la situació econòmica de milers de famílies començava a trontollar. Els acomiadaments i la pèrdua general d’ingressos contrastaven amb la immobilitat de les despeses, amb l’habitatge com a principal partida pressupostària de qualsevol economia familiar. El moviment en defensa del dret a l’habitatge s’organitza de manera immediata arreu de l’Estat i proposa la suspensió dels lloguers i de les hipoteques durant els mesos de confinament per a les famílies afectades pel coronavirus. Però la resposta del Govern espanyol es mostra completament insuficient, ja que blinda els interessos i el poder de decisió dels grans propietaris. Davant d’aquesta conjuntura, milers de llars es veuen abocades a l’impagament de les rendes de lloguer, i la vaga de lloguers esdevé l’única forma de donar un suport col·lectiu a un problema generalitzat.
junio 18, 2020
Capítulo publicado originalmente en el libro La Criminología Que Viene
Resumen: Es sabido en los círculos de criminología que los delitos de cuello blanco
acostumbran a escapar del radar criminológico, mientras que los delitos
convencionales ocupan su centro de atención. La criminología crítica apunta
al estudio nuevos actores poderosos cuyos intereses políticos y económicos
generan una gran cantidad de daño social mientras que sus delitos pasan
completamente desapercibidos. Antes que responder a las preguntas de por
qué, cuándo y cómo ocurren los delitos de los poderosos, este artículo tiene
como objetivo atender a las formas por las cuales tales delitos y daños pueden
justificarse mediante argumentos políticos. Apoyándonos en el trabajo de
Vincenzo Ruggiero, este artículo va más allá de las técnicas de neutralización
de Sykes y Matza y sostiene tres argumentos en la forma de tres tesis. La
primera tesis propone, junto a la corriente de los ‘power crime’, ahondar en el
estudio del poder. La segunda tesis expone el estado de excepción entendido
por Agamben y su relevancia para el análisis criminológico. Por último, la
tercera tesis atiende a la tradición de pensamiento liberal para pensar
categorías socioeconómicas que justifican los delitos del poder.
Palabras clave: delitos de los poderosos, justificación, poder, estado de
excepción, liberalismo
Artículo publicado originalmente en Ctxt
No hace tanto era común que se anunciara hasta el aburrimiento que estábamos entrando en una nueva era de la información. Un paradigma donde el consumo y la circulación de los datos era más global, su gobierno más horizontal y su producción más distribuida. Utopías aparte, los datos están en el centro del debate político, pero no tanto por un proceso innovador, sino por un dilema clásico: ¿Esa noticia es falsa o verdadera? ¿Esa estadística es rigurosa o inventada?
Las disputas sobre cómo verificar las fuentes o cómo controlar las fake news son cada vez más encendidas, pero bajo el consenso de que los datos son un producto de consumo cuya calidad debe ser mejorada. Algo se ha perdido por el camino. Los datos no son un producto, sino un proceso que organiza y jerarquiza los saberes, autoriza voces y normaliza una agenda de temas sobre los que hablar y sobre los que no. El rigor de los datos es un tema anecdótico si no nos preguntamos sobre quién los enuncia, qué conflicto subrayan, qué tipo de organización social los produce y con qué métodos y recursos.
A lo largo de la historia de los movimientos de transformación social, es posible rastrear el uso de la encuesta obrera como instrumento para producir conocimientos de forma autónoma. No solo autónomos de un poder económico que determina la agenda científica para reforzar sus intereses de clase, sino también libres de la ciencia positivista que impone su método como el único válido para generar saberes.
La idea de reunir información a través de preguntas a la ciudadanía tiene un pasado revelador. En 1880, Karl Marx lanzó 25.000 copias de una encuesta con casi cien preguntas para conocer la situación laboral de los lectores de la Revue socialiste. Entre 1880 y 1910, Max Weber utilizó cuestionarios para estudiar las condiciones de vida de los trabajadores en las áreas rurales del Este de Prusia y los efectos del trabajo industrial en su personalidad y estilos de vida.
En las décadas de 1960 y 1970, los movimientos obreros europeos extendieron el uso de la encuesta. Su objetivo era analizar las formas de explotación y dominio en la fábrica y en los barrios, pero también cartografiar las formas de insubordinación obreras. La revista italiana Quaderni Rossi, el germen político del operaismo en Italia, puso la encuesta [inchiesta operaia] en el seno del movimiento obrero para estudiar la nueva composición de la clase trabajadora.
Una convicción fundamental subyacía en el uso de la encuesta: para abordar a fondo los problemas de las clases populares, había que producir conocimientos situados, esto es, encarnados en el territorio de vida que se quería estudiar. El trabajo de organización política debía estar conectado con la producción de saberes enraizados en las experiencias subjetivas de las condiciones de vida de los obreros.
La ‘encuesta inquilina’ se inscribe en esa misma perspectiva de investigación política. Impulsada a inicios de este año por el Sindicato de Inquilinos de Barcelona junto a La Hidra Cooperativa, esta encuesta es la primera que se lanza en el territorio español con el propósito de estudiar las condiciones de vida de los inquilinos e inquilinas del área metropolitana de Barcelona.
Después de la crisis de 2008, el Sindicato realiza un diagnóstico coyuntural certero: el gobierno de Rajoy había trasladado la especulación del mercado hipotecario al mercado del alquiler mediante dos reformas principales. Por un lado, facilitando que las Socimis (Sociedades Cotizadas Anónimas de Inversión en el Mercado Inmobiliario) disfrutaran de suculentos privilegios fiscales para atraer a especuladores. Por otro lado, la reforma de la LAU de 2013 redujo las pocas garantías que tenían los inquilinos, fomentando subidas abusivas y expulsiones.
Como resultado, ciudades como Barcelona se encuentran sumergidas en una burbuja especulativa alrededor del alquiler que está desposeyendo, precarizando y expulsando a una parte muy significativa del vecindario. En este contexto, el Sindicato de Inquilinos de Barcelona sabe que la burbuja de precios generada por estas políticas solo se puede frenar si la gente afectada se organiza y hace de su realidad material compartida el eje de organización central.
Para convertir al Sindicato en una organización sólida, con capacidad para crecer y responder de forma eficaz, la encuesta inquilina es un instrumento esencial para producir desde la base y hacer análisis empíricos de nuestros problemas comunes. El desborde de inquilinos e inquilinas que se han sumado a las asambleas del Sindicato impone un reto crucial: recopilar y sistematizar una cantidad enorme de información sobre la situación de centenares de hogares que sufren subidas abusivas o expulsiones inmediatas.
La encuesta inquilina es un proyecto de investigación imprescindible para avanzar con los retos que el Sindicato se propone. Partiendo del análisis de la realidad concreta, el cuestionario pretende ser un instrumento que oriente las futuras acciones del movimiento para pinchar la burbuja de alquiler en Barcelona. Más allá, se propone situar las demandas políticas del Sindicato en el centro de la agenda política estatal.
Sin saberes producidos autónomamente desde los barrios, no podemos cartografiar el presente para poder intervenirlo y cambiarlo. Si el saber es poder, producir saberes autónomos es la base del contrapoder.
Artículo publicado originalmente en El Salto Diario
Las huelgas de alquileres forman parte de la historia que convirtió la vivienda en un derecho humano. A lo largo del siglo XX, no han sido pocas las veces que inquilinos e inquilinas han dejado de pagar a sus arrendadores para defender el derecho a una vivienda digna. En Nueva York, Glasgow, Buenos Aires, Barcelona y otras grandes ciudades se ha utilizado la huelga de alquileres como protesta pacífica en contra de la especulación y de los abusos inmobiliarios. En un momento de grave crisis residencial como el presente, es necesario recordar el legado histórico que nos dejan miles de inquilinos e inquilinas, quienes, organizados en sindicatos y asociaciones de vecinos, convirtieron una práctica de desobediencia civil en un derecho social.
En el movimiento inquilino de Nueva York se encuentra la historia más documentada sobre la huelga de alquileres. Inspiradas en las huelgas realizadas por los sindicatos laborales, los inquilinos e inquilinas se organizaban para dejar de pagar colectivamente las subidas de alquiler que les pedían sus arrendadores. Desde el barrio del Lower East Side (el conocido barrio judío en Manhattan) al barrio italiano (Little Italy), hasta llegar a Brooklyn, el Bronx y Harlem: la huelga de alquileres se generalizó en los años ’20 como el principal temor de los arrendadores o terratenientes (los conocidos landlords en inglés). Ante la amenaza de desahucio debido a subidas abusivas del alquiler, miles de inquilinos e inquilinas organizaban sus edificios y constituyeron los primeros sindicatos de inquilinos, con el objetivo de negociar con los arrendadores un alquiler justo y unas condiciones dignas.
El motivo central que convocaba a miles de inquilinos a dejar de pagar su mensualidad fueron las condiciones insalubres de las viviendas, el mal funcionamiento de servicios básicos y la negligencia premeditada de los propietariosHasta finales de los años 20 la razón principal que justificaba las huelgas de alquileres fueron las subidas salvajes del precio del alquiler. Tal fue el potencial de la movilización y organización inquilina que en 1920 consiguieron que, por miedo a que se propagara las huelgas de alquileres, se aprobara la primera regulación de precios. A partir de entonces, el motivo central que convocaba a miles de inquilinos a dejar de pagar su mensualidad fueron las condiciones insalubres de las viviendas por falta de manutención, el mal funcionamiento de servicios básicos y la negligencia premeditada de los propietarios.
La cooperación vecinal en y entre los edificios era crucial para llevar a cabo la huelga. Para superar el miedo que desanimaba a muchos inquilinos de sumarse a la desobediencia civil, los sindicatos de inquilinos constituían cuentas fiduciarias (trustee accounts) donde transferir la mensualidad del alquiler. De este modo, en caso de que la huelga acabara en los tribunales, se demostraba la voluntad firme del inquilino de pagar su alquiler, a cambio de llegar a un acuerdo justo con el propietario.
La huelga era el medio de un fin: fuera un precio de alquiler justo o la denuncia de las condiciones paupérrimas de las viviendas. Para los inquilinos, la huelga fue una forma de empoderamiento colectivo: se organizaban, acumulaban poder de negociación, se apoyaban mutuamente para resolver sus problemas. Para los arrendadores, en cambio, un verdadero dolor de cabeza: los costes judiciales de denuncia por impago eran elevados, el calendario de los tribunales no daba abasto ante la cantidad de demandas simultáneas, los inquilinos organizaban piquetes en las viviendas de sus caseros para evitar la entrada de nuevos inquilinos y aumentar la mala reputación de éstos.
A medida que los sindicatos de inquilinos reforzaban su organización y obtenían victorias a través de la huelga de alquileres, incrementaba su incidencia política y jurídica: los tribunales empezaron a aceptar las huelgas de alquiler como maniobras de defensa legítimas. Así lo refleja el trabajo del sociólogo norteamericano Ronald Lawson, quien detalla la transformación de las huelgas de alquileres en Nueva York desde 1904 a 1980. En concreto, Lawson apunta a 6 innovaciones fundamentales para comprender las diferentes etapas por las que atravesó la huelga:
El tamaño de las huelgas. Mientras que las huelgas iniciales eran multitudinarias (en 1904, por ejemplo, 2.000 inquilinos del barrio judío plantaron colectivamente a sus arrendadores), a partir de los años ’30 la huelga de alquiler pasó a ser una estrategia que funcionaba en edificios particulares de manera menos profusa.
La Sección 755. En 1961 se aprobó la conocida “Sección 755”. Por primera vez, esta ley permitía que los inquilinos depositaran su alquiler en los juzgados hasta que su propietario no realizara las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en buen estado. De este modo, la huelga de alquileres se incluyó como instrumento legal para negociar con el arrendador.
Rolling Rent Strike (Alargar la Huelga de Alquiler). En la década de los ’70, el Metropolitan Council Housing (la principal federación de inquilinos en la ciudad de Nueva York) impulsó un giro estratégico: ahora se trataba de evitar la Sección 755. Conocida como “rolling rent strike”, los sindicatos emplazaban a los inquilinos a tomar control sobre sus mensualidades en lugar de depositarlas en los juzgados. El objetivo era no enredarse en juicios legales y presionar a los caseros a negociar directamente, dejando la Sección 755 como último resorte de negociación.
Ralentización del pago del alquiler. Al mismo tiempo, los sindicatos de inquilinos fomentaron la estrategia conocida como “rent slowdown” (ralentizar el pago del alquiler). Los inquilinos retenían el pago del alquiler unas semanas, hasta que decidían que el sindicato pagara de golpe al arrendador. No era realmente una huelga de alquiler, sino una forma de convencer a los inquilinos más conservadores de que debían organizarse colectivamente si querían mejorar las condiciones de su vivienda. En realidad, funcionaba como una acción preparatoria y de aviso: era una maniobra dilatoria que avisaba de una posible huelga de alquiler en el futuro próximo.
Legalización de la Huelga. En 1973 se legisló a favor de una Garantía de Habitabilidad (“Warranty of Habitability”), que permitía al inquilino la reducción o impago del alquiler cuando los propietarios no cumplían con sus obligaciones de manutención. De esta forma, la huelga de alquileres quedaba totalmente reconocida en la ley de arrendamientos: el arrendador debía cumplir sus obligaciones si quería recibir el alquiler.
Autonomía inquilina. En tanto muchos arrendadores no cumplían con las reparaciones prometidas, las asociaciones de inquilinos se organizaron para depositar el alquiler en cuentas bancarias comunes con el objetivo de destinar el dinero acumulado a las reparaciones necesarias para el mantenimiento de las viviendas. Esta estrategia también se acabó legalizando mediante lo que se conoció como “Repair & Deduct” (Reparar y Deducir). Además, en muchos casos, las asociaciones de inquilinos tomaban control de edificios abandonados y los convertían en cooperativas de vivienda.
En suma, la lucha sindical del movimiento inquilino de Nueva York convirtió una práctica de desobediencia civil como la huelga de alquileres en un derecho social. En “la ciudad que nunca duerme”, los sindicatos de inquilinos e inquilinas consiguieron hacer de ella un lugar donde dormir más dignamente. Y la huelga de alquileres fue su herramienta más poderosa. Solo falta preguntarnos si mirar al pasado nos puede servir para iluminar el presente.
En Madrid y Barcelona, entre otras ciudades del Estado, bloques enteros y comunidades de vecinos se enfrentan a fondos buitre como Azora y Blackstone, grandes arrendadores que se dedican a doblar los precios del alquiler en todas sus viviendas. En un momento de profunda emergencia habitacional, y a falta de una regulación de los precios del alquiler que frene la especulación inmobiliaria, los inquilinos e inquilinas de Nueva York nos recuerdan que la huelga de alquileres fue la estrategia que les permitió aumentar su poder de negociación para defender el derecho a la vivienda.